Solvencia Fiscal

La Solvencia Fiscal es el documento por el cual la Administración Tributaria hace constar que, a la fecha de su expedición, un contribuyente se encuentra al día en el cumplimiento de sus deberes tributarios formales y ha pagado sus adeudos tributarios líquidos y exigibles.

¿Quién puede solicitar una Solvencia Fiscal?

Todo tipo de contribuyente puede solicitar esta solvencia fiscal, ya sean empleados en relación de dependencia, entidades jurídicas como sociedades anónimas, entidades exentas y cualquier otro contribuyente que como requisito de contratación y otras gestiones necesite solvencia o respaldo fiscal.

Aunque, existen contribuyentes que deben solicitar la solvencia fiscal obligatoriamente por mandato de ley, estos serían los auxiliares de función pública aduanera o tributaria, la solvencia fiscal es un requisito indispensable para desempeñar estos cargos.

También las personas individuales o jurídicas que se encuentran registradas en la SAT como exentas de algún impuesto especifico, esto esta regulado en el artículo 57 «A» del código tributario.

Requisitos para Solvencia Fiscal

Los requisitos que debes tener varían dependiendo del tipo de contribuyente con el cual estés inscrito:

Persona Individual (sin establecimiento registrado; establecimientos cancelados; empleados en relación de dependencia entidades pública o privada).

Deben cumplir con sus obligaciones tributarias entre la cuales deben considerar

  • NIT actualizado o ratificado en RTU Digital
  • No tenga omisos
  • No tenga cuotas de convenio de pago pendientes
  • No tenga ISCV en mora
  • No tenga deudas líquidas y exigibles (Procesos Económicos)
  • No tenga registro de No Localizado
  • No tenga deudas en mora por pagos extemporáneos

Persona Individual (con establecimiento activo y cualquier régimen de afiliación de IVA).

  • NIT actualizado o ratificado en RTU Digital
  • Tener libros habilitados
  • Tener facturas autorizadas
  • No tenga omisos
  • No tenga cuotas de convenio de pago pendientes
  • No tenga ISCV en mora
  • No tenga deudas líquidas y exigibles (Procesos Económicos)
  • No tenga registro de No Localizado
  • No tenga deudas en mora por pagos extemporáneos

Persona Jurídica (sin establecimientos o con establecimientos cerrados)

  • NIT actualizado o ratificado en RTU Digital
  • Representante Legal activo y vigente
  • No tenga omisos
  • No tenga cuotas de convenio de pago pendientes
  • No tenga ISCV en mora
  • No tenga deudas líquidas y exigibles (Procesos Económicos)
  • No tenga registro de No Localizado
  • No tenga deudas en mora por pagos extemporáneos

Persona Jurídica (con establecimientos activos)

  • NIT actualizado o ratificado en RTU Digital
  • Tener libros habilitados
  • Tener facturas autorizadas
  • Tener afiliación al IVA
  • Representante Legal activo y vigente
  • No tenga omisos
  • No tenga cuotas de convenio de pago pendientes
  • No tenga ISCV en mora
  • No tenga deudas líquidas y exigibles (Procesos Económicos)
  • No tenga registro de No Localizado
  • No tenga deudas en mora por pagos extemporáneos

Persona Jurídico Exento (Entidades del Estado, Universidades, Colegios, etc.)

  • NIT actualizado o ratificado en RTU Digital
  • Representante Legal activo y vigente
  • No tenga omisos
  • No tenga cuotas de convenio de pago pendientes
  • No tenga ISCV en mora
  • No tenga deudas líquidas y exigibles (Procesos Económicos)
  • No tenga registro de No Localizado
  • No tenga deudas en mora por pagos extemporáneos

Persona Jurídico Exento con Establecimiento Activo

  • NIT actualizado o ratificado en RTU Digital
  • Tener libros habilitados
  • Tener facturas autorizadas
  • Representante Legal activo y vigente
  • Estar afiliado al IVA
  • No tenga omisos
  • No tenga cuotas de convenio de pago pendientes
  • No tenga ISCV en mora
  • No tenga deudas líquidas y exigibles (Procesos Económicos)
  • No tenga registro de No Localizado
  • No tenga deudas en mora por pagos extemporáneos

Contribuyentes Especiales (requiere análisis de un profesional)

  • No estar omiso en la presentación de libros electrónicos
  • No estar omiso en la presentación de estados financieros
  • NIT actualizado o ratificado en RTU Digital
  • Tener libros habilitados
  • Tener facturas autorizadas
  • Representante Legal activo y vigente
  • No tenga omisos
  • No tenga deudas en mora por pagos extemporáneos
  • No tenga cuotas de convenio de pago pendientes
  • No tenga ISCV en mora
  • No tenga deudas líquidas y exigibles (Procesos Económicos)
  • No tenga registro de No Localizado

Cómo solicitar la Solvencia Fiscal

Para solicitar la Solvencia Fiscal por Internet sigue estos pasos:

1. Primero ve a Delacaraguate y busca el formulario SAT-8421 y haz clic sobre el mismo.

solvencia fiscal

2. Completa el captcha, luego tendrás un apartado para ingresar tu NIT de contribuyente y un correo electrónico, hazlo y haz clic en «Buscar».

Cómo solicitar la Solvencia Fiscal

3. Luego verás una tabla donde se indica el costo que debes pagar (Q 30), haz clic en «Validar» una vez revisado que tus datos están correctos este botón se convertirá en «Congelar», haz clic ahí. Luego haz clic en «Descargar Formulario» , se te descargará una boleta SAT-2000, la cual debes llevar impresa a pagar en un banco (en ventanilla o por banca electrónica).

Cómo solicitar la Solvencia Fiscal

4. Una vez realizado el pago, ingresa a Declaraguate, y haz clic en el apartado «Buscar Formulario».

5. En este apartado debes ingresar el número de formulario y el número de acceso, estos datos están en la cabecera del formulario que llenaste anteriormente. Una vez llenados los datos haz clic en «Buscar».

6. Se te mostrará un formulario con todos tus datos, y en la parte inferior tendrás varias opciones, haz clic en «Validar» para revisar que todos tus datos estén correctos. Una

7. Para imprimir tu Solvencia fiscal haz clic en «Imprimir formulario» y automáticamente podrás imprimirlo o descargarlo.

Imprimir Solvencia Fiscal

Si ya realizaste la solicitud anteriormente y deseas imprimir tu solvencia fiscal solo sigue estos pasos:

  1. Ingresa a Declaraguate, y haz clic en el apartado «Buscar Formulario».
Imprimir Solvencia Fiscal

2. En este apartado debes ingresar el número de formulario y el número de acceso, estos datos están en la cabecera del formulario que llenaste anteriormente. Una vez llenados los datos haz clic en «Buscar».

Imprimir Solvencia Fiscal

3. Se te mostrará un formulario con todos tus datos, y en la parte inferior tendrás varias opciones, haz clic en «Validar» para revisar que todos tus datos estén correctos.

Imprimir Solvencia Fiscal

4. Para imprimir tu Solvencia fiscal haz clic en «Imprimir formulario» y automáticamente podrás imprimirlo o descargarlo.

Imprimir Solvencia Fiscal

Solvencia de Vehículos

Si deseas solicitar una solvencia fiscal para tu vehículo, el procedimiento es el mismo.

Preguntas Frecuentes:

¿Puedo solicitar la solvencia fiscal si tengo omisos?

Puedes solicitar la solvencia pero esta solicitud será rechazada y se te emitirá una constancia de obligaciones pendientes. Por ello debes pagar las obligaciones pendientes antes de solicitar la solvencia fiscal.

¿Cuál es la vigencia de la solvencia fiscal en Guatemala?

La solvencia fiscal tiene una vigencia de 30 días, contando desde el día de su impresión.

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